Las candidatas y candidatos podrán acudir a verificar sus datos al Instituto
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 9 de marzo de 2025
El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) validó los lineamientos para la recepción, resguardo, revisión, tratamiento y devolución de listados y expedientes de candidaturas pera el proceso electoral extraordinario en el que se renovarán cargos de juzgadores y magistraturas.
En sesión virtual, la consejera Erika Periañez Rodríguez explicó que el objetivo de este acuerdo es reglamentar el tratamiento que el órgano electoral a la documentación que el Congreso de Tlaxcala deberá remitir a más tardar el 13 de marzo para continuar con el proceso extraordinario para la elección de magistraturas en los tribunales Superior de Justicia (TSJE), Conciliación y Arbitraje (TCA), Justicia Administrativa (TJA), de Disciplina Judicial (TDJ); así como de juezas y jueces del Poder Judicial en la entidad.
"Es importante que en esta fase, el Instituto cuente con información que aparece en la credencial para votar, así como con información sobre la vía de comunicación de las personas postuladas; por lo que los expedientes remitidos por el Congreso de Tlaxcala deberán contar con los datos ya referidos. Ahra bien, si el Instituto detectara alguna inconsistencia en la información que se remita, los lineamientos prevén solicitar aclaraciones al Congreso del Estado", detalló.
Adelantó que en la etapa de elaboración de boletas electorales, las personas candidatas podrán acudir al ITE para verificar su datos que el mismo órgano publicará en su versión pública a través de su sitio web, junto a un informe sobre las actualizaciones que en su momento se lleven a cabo.
Por su parte, la consejera Yedith Martínez Pinillo indicó que -a diferencia de otros procesos- el ITE no llevará a cabo el registro de candidaturas, puesto que es una facultad del Congreso del Estado y por tanto consideró que no hay una base jurídica por el cual el órgano tenga que devolver los expedientes a las personas candidatas, máxime si la recepción es vía electrónica; por lo que no acompañó este apartado, pues refirió que más bien deben aplicarse las disposiciones relativas a protección de datos personales.
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