- El SAT recordó que es una obligación desde 2020 habilitar esta herramienta de comunicación electrónica
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 1 de enero de 2025
Las y los contribuyentes que no habiliten su Buzón Tributario durante este 2025 serán acreedores a una infracción, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) luego de dar a conocer que otorgó una prórroga hasta el 31 de diciembre de este año para cumplir con esta obligación.
A través de esta herramienta, la institución mantiene comunicación con los contribuyentes para notificar actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Mediante un comunicado, el SAT recordó que desde 2020 es una obligación habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto tanto para personas físicas como morales inscritas al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con excepción de quienes han sido cancelados o suspendidos; personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica; y los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
El Buzón Tributario permite la notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet; conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados; recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal; proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales; reducir tiempos y recursos; y certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
Su habilitación requiere ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y Contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.
Dentro de las 72 horas siguientes es importante confirmar los medios de contacto. Para ello, se enviará un correo electrónico con una liga de confirmación, a la que se tiene que dar clic para verificar el correo; y para el número celular se envía un mensaje SMS con un código, el cual se debe capturar en la opción Configuración del Buzón Tributario.
Para consultar dudas, habilitarlo por primera vez, actualizar los medios de contacto y conocer más información, el SAT invita a visitar el minisitio http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html
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