Se consideró que las peticiones, por parte de tres partidos políticos y un candidato, que controvirtieron el acuerdo del INE con el fin de modificar las asignaciones de diputaciones federales de representación proporcional resultaron infundadas, porque la Constitución federal y precedentes, tanto de 2015 y de 2018 de la Sala Superior, establecen que deben realizarse por partido político y no por coalición.
A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, en sesión pública presencial, la Sala Superior del TEPJF confirmó el acuerdo porque las normas constitucionales y reglas electorales fueron las establecidas para este proceso electoral 2023-2024, lo que otorga certeza y seguridad jurídica.
En consecuencia, se confirmó el acuerdo emitido por parte del Consejo General del INE respecto de la asignación de las 200 diputaciones por representación proporcional. (SUP-REC-3505/2024 y acumulados).
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