Redacción (Tlaxcala, 19 de agosto de 2024) El próximo 6 de septiembre es la fecha marcada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para que las y los 17 aspirantes a ocupar la consejería puesta a concurso del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) sean entrevistados por las y los Consejeros Electorales, como parte de la quinta y última etapa del proceso de selección.
El listado correspondiente a Tlaxcala fue publicado en días pasados mediante el micrositio alojado en la página oficial del INE: https://ine.mx/voto-y-elecciones/opl/convocatoria-opl-2024/, en el que se señala, además de la fecha, la hora, el nombre de la o el sustentante, así como el grupo de Consejeras y Consejeros del INE que examinarán a las personas aspirantes.
Antes, el Instituto dio cumplimiento a la publicación de los números de folio con las calificaciones obtenidas por las y los candidatos, correspondiente a la prueba de competencias gerenciales, cuyo puntaje representa el 10% de la evaluación total.
De acuerdo con lo estipulado en la convocatoria, la entrevista, que tiene una ponderación del 60% en la cédula individual y la cual será realizada de manera virtual, busca conocer las aptitudes con las que cuenta cada persona aspirante para el desempeño del cargo.
Dichas entrevistas, en las que las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General podrán utilizar cualquier documento, insumo o herramienta que coadyuve a su realización, serán grabadas íntegramente en video y, una vez que todas hayan concluido, estarán disponibles en el portal de internet del Instituto www.ine.mx para que sean consultadas por quien así lo desee.
Tras la conclusión de esta etapa y conforme a lo previsto en los artículos 100, párrafos 1 y 3 y 101, párrafo 1, inciso e), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y 24, párrafo 1, del Reglamento de Elecciones (RE) del INE para la designación y remoción de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales, la Comisión de Vinculación presentará al Consejo General una lista con al menos dos personas de género distinto y, hasta cinco personas, de las cuales solo tres podrán ser de un mismo género, para que de ésta se designe a quien ocupará el cargo. En caso de determinar que la persona que ocupará el cargo será una mujer, la Comisión de Vinculación podrá poner a consideración del Consejo General la propuesta únicamente con el nombre de la persona que ocupará la vacante.
La propuesta deberá contener un dictamen debidamente fundado y motivado, que incluya todas las etapas del proceso de selección, además de los elementos a partir de los cuales se determinó la idoneidad y capacidad para la designación.
La persona que haya sido designada, cuyo nombre será publicado en el portal oficial del INE, deberá acreditar o manifestar bajo protesta de decir verdad, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del acuerdo de designación, que no desempeña ningún empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos relacionados con actividades docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia no remunerados.
La o el electo tomará posesión del cargo al día siguiente de la aprobación del acuerdo de designación y recibirá el nombramiento que la o lo acredite como Consejera o Consejero Electoral del ITE; iniciará su encargo y rendirá protesta en el Consejo General del organismo electoral local y no podrá ser reelecta o reelecto, acorde a lo establecido en el artículo 116, base IV, inciso c), párrafo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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