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domingo, 30 de junio de 2024

Crea Congreso Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 30 de junio de 2024) La LXIV Legislatura avaló la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia que envió el Poder Ejecutivo hace cerca de una semana; la cual sentará las bases para el funcionamiento de este organismo autónomo que deberá iniciar funciones el próximo 1 de agosto.


    Dos días antes de que venciera el plazo establecido en la reforma constitucional aprobada el 19 de marzo para la creación de esta normativa que suple las disposiciones de la Ley del Ministerio Público que hasta el momento regula las funciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), órgano que será reemplazado por la Fiscalía.


    Este ordenamiento consta de 10 capítulos que establecen facultades para la Fiscalía General, la organización de sus órganos internos, sobre las relaciones laborales y administrativas del personal, regula a la policía de investigación y servicios periciales; también establece normas relacionadas con el Centro de Justicia para Mujeres (CJM); define un servicio profesional de carrera; establece la obligación de su titular para la planeación de una política criminal; regula el manejo de información y a su órgano interno de control.


    De modo que para la la investigación y persecución de delitos, la Fiscalía General de Justicia contará con una vicefiscalía general, vicefiscalías, siete fiscalías especializadas en: combate a la corrupción, investigación y persecución de los delitos en materia de trata de personas, en personas desaparecidas y no localizadas, en investigación de delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes: en combate al secuestro; en feminicidio; en investigación y combate al robo de vehículos y relacionados con la seguridad vial.


    Cabe recordar que así como el o la fiscal general, quienes encabecen las fiscalías especializadas también deberán ser designados por la votación de dos terceras partes del Congreso, luego de una terna que deberá proponer el Ejecutivo.


    Asimismo tendrá unidades de combate a la corrupción interna y a la infiltración de delincuencia organizada; de atención temprana; la Policía de Investigación; un Instituto de Ciencias Forenses; Oficialía Mayor, Instituto de capacitación y servicio profesional de carrera; unidades regionales, de litigación, judicialización, colaboración, extinción de dominio, delitos electorales, homicidios, jurídica, de tecnologías de la información, comunicación social, archivo, estadística y transparencia, género, mecanismos alternativos de solución de controversias, análisis y contexto; un órgano interno de control, el Centro de Justicia para Mujeres, y una visitaduría general.


    Quien ocupe la titular de la FGJE deberá presentar un informe anual de actividades al Congreso, presentar un proyecto de egresos, expedir normatividad y documentos de planeación interna; establecer las bases para el servicio profesional de carrera, nombrar a vicefiscales, directores, subdirectores y jefes de unidad.

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