Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 28 de mayo de 2024) Por la violación a los derechos de interés superior de la niñez, a la integridad y seguridad personal, a no ser sometido al uso indebido de la fuerza de una persona menor de edad, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT) emitió la recomendación 04/2024 a la policía municipal de Zacatelco.
El organismos autónomo, determinó que una mujer policía incurrió en abuso de autoridad en contra de una menor de edad; hecho que se ventiló a través de medios de comunicación donde se observa a la joven con candados de seguridad, hecho que constituye una vulneración al derecho a la integridad y seguridad personal, sin importar que haya incurrido en una falta administrativa, situación que no amerita esa medida. Además de que la autoridad no observó el principio de interés superior de la niñez y vulneró su integridad física.
Mediante un comunicado, la CEDH indicó que los hechos fueron de dominio público; por lo que se reconoció a la víctima directa; por lo que al ser parte de un grupo de atención prioritaria, el suceso implicó un agravio en contra de la sociedad y particularmente en contra de las niñas, niños y adolescentes.
"Las normas locales, nacionales e internacionales señalan que la actuación de las autoridades y las decisiones que tomen los asuntos que involucran a Niñas, Niños y Adolescentes (NNA) se realice con la debida diligencia y se actúe siempre ajustado a las normas que regulan, de manera expresa, sus facultades, atribuciones, funciones y obligaciones, lo que significa que todas las decisiones que tomen deben estar fundadas y asegurarse que tengan una motivación reforzada", explicó la Comisión.
Por lo tanto, en la Recomendación 04/2024, la CEDH prevé que el Consejo de Honor y Justicia del ayuntamiento de Zacatelco investigue la falta de la policía adscrita a la Comisaría de Seguridad, Vialidad y Tránsito Municipal de Zacatelco (CSVTMZ); capacitar a los servidores públicos de dicho organismo y de todo el ayuntamiento sobre sus obligaciones en materia de derechos humanos.
Efectuar una disculpa pública donde condenen las acciones y omisiones de la agente del Estado, establecer un compromiso de no repetición en el que quede claro que es en atención a la recomendación y darle la difusión debida; a la que habrán de sumar la publicación de una versión pública de la Recomendación en la página web del ayuntamiento. Para todo ello, el gobierno municipal deberá designar a una persona servidora pública para fungir como enlace con el organismo autónomo.
Además, la CEDHT propuso a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendido del Estado que la persona menor de edad adquiera la calidad de víctima, toda vez que fue vulnerada en sus derechos humanos, en términos de lo razonado en este documento, para que, a su vez, adquiera el registro y los demás beneficios correspondientes, en caso de así solicitarlo la parte agraviada.
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