Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala. 6 de marzo de 2024) La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente el recurso de reconsideración iniciado contra los Lineamientos para el registro de candidaturas que emitió el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
En sesión extraordinaria celebrada este martes, la ponencia de la magistrada Janine Otálora Malassis propuso determinar improcedente la impugnación a la sentencia dictada por la Sala Regional Ciudad de México en la que confirmó los lineamientos en materia de paridad de género que el ITE determinó para la postulación exclusiva de mujeres en 10 municipios del estado.
De modo que los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes, así como candidaturas independientes, para dar cumplimiento al principio constitucional de paridad de género en el estado de Tlaxcala, en el proceso electoral local ordinario 2023-2024 quedaron firmes después de que el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), la Sala Regional Ciudad de México y la Sala Superior del TEPJF.
Cabe recordar que la autoridad local refirió que a fin de alcanzar la paridad sustantiva de mujeres en los espacios de toma de decisiones, impulsaría que en 10 de los 26 municipios que no han tenido una presidenta municipal electa por voto popular; por lo que a través del consenso con la mayoría de partidos políticos y tras descartar por adelantado aquellos donde hubo solicitudes de registro para candidaturas independientes.
En consecuencia, para esta elección los 11 partidos políticos con registro ante el órgano electoral local deberán postular solo mujeres a la cabeza de las planillas de los ayuntamientos de Contla, San Pablo del Monte, San Francisco Tetlanohcan, La Magdalena Tlaltelulco, Cuapiaxtla, San Jerónimo Zacualpan, Zitlaltépec de la Trinidad Sánchez Santo, Atlangatepec, Santa Isabel Xiloxoxtla, y San José Teacalco.
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