Redacción (Tlaxcala, 17 de enero de 2024) La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDH) emitió la recomendación número 01/2024, dirigida tanto a la presidenta municipal de Tlaxcala, Maribel Pérez Arenas, así como al Cabildo, por haber incurrido en violaciones a los derechos humanos relacionados con la legalidad y la seguridad jurídica que perjudicaron a un exempleado, el cual no ha recibido el pago correspondiente a un laudo laboral debido a que el ayuntamiento ha sido en reiteradas ocasiones omiso para gestionar los recursos necesarios para el pago.
De acuerdo con el expediente CEDHT/PVG/01/2023, la parte afectada fue despedida de manera injustificada del ayuntamiento de Tlaxcala el 2 de enero de 2014. Tras un proceso legal, el 28 de febrero de 2019 se emitió un laudo a su favor, ordenando al ayuntamiento el pago de diversas prestaciones legales y contractuales, así como salarios caídos.
Es importante mencionar, que la intervención de la CEDH en este caso, no se relaciona con el conflicto laboral jurisdiccional entre el patrón y el afectado, sino con las violaciones a los derechos humanos cometidos por las autoridades que, en este caso, se derivaron del incumplimiento del ayuntamiento de Tlaxcala en el pago del laudo que ya ha quedado firme, lo cual violenta los derechos a la legalidad y seguridad jurídica.
Ante la acreditación de la violación de derechos humanos y basándose en los actos de investigación, valoración de pruebas y fundamentos legales, la CEDH ha emitido la correspondiente recomendación contra los servidores públicos implicados.
En el caso del ayuntamiento de Tlaxcala, la recomendación incluye una solicitud para llevar a cabo la sesión o sesiones necesarias de Cabildo donde se aborde el tema del cumplimiento del pago de laudos firmes, considerándolo en la presupuestación de ley que corresponda a la partida correspondiente de indemnización y liquidación del ejercicio fiscal 2024, punto que se deberá enlistar en el orden del día a fin de autorizar una partida específica para el pago del laudo, o bien, gestionar los recursos necesarios.
El ayuntamiento deberá adoptar las medidas necesarias en los asuntos jurisdiccionales laborales para que, a través de los medios alternativos de solución, como la mediación y conciliación, busque dar solución a los mismos para evitar posibles riesgos donde puedan repetirse circunstancias como las que se han analizado en esta recomendación, además deberá designar a un superior jerárquico con posibilidad de decisión, quien fungirá como enlace con la CEDH para dar cabal seguimiento al cumplimiento de la presente recomendación.
Las partes objeto de esta recomendación, tienen un plazo de 15 días para notificar la aceptación o rechazo de la misma, de lo contrario dará lugar a que se interprete que no fue aceptada, en cuyo caso, deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa, para lo cual el Congreso del Estado podrá llamar, a solicitud de este Organismo a las autoridades.
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