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miércoles, 20 de diciembre de 2023

Válida, disposición que obliga a editoriales a donar ejemplares al Sistema Bibliotecario: SCJN

 


Redacción (México, 20 de diciembre de 2023) La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) avaló la legalidad del artículo 37 de la Ley General de Bibliotecas, que establece la obligación de las personas editoras y productoras de obras literarias de entregar seis ejemplares de todas sus ediciones y producciones para integrar el depósito legal para el acervo cultural de la nación en la Biblioteca de México, la Biblioteca del Congreso de la Unión y la Biblioteca Nacional de México, lo anterior como medida de solidaridad para alcanzar el objetivo de lograr un acceso universal a la cultura, por lo que no se trata de una contribución sujeta a los principios de justicia fiscal.


Al aprobar la Tesis Aislada 1a. XXI/2023 (11a.), las y los ministros integrantes de la Sala consideraron que el depósito legal para el acervo cultural en el sistema bibliotecario del país corresponde a un deber de solidaridad y no se trata de una contribución sujeta a los principios de justicia fiscal.


Mediante este criterio, determinaron que, si bien es cierto que las obras producidas o editadas tienen un valor económico, esa característica no tiene el alcance de considerar que las mismas constituyan un ingreso de carácter fiscal para el Estado, ya que además de que la entrega de las obras no está contemplada como tal en el ordenamiento jurídico, se trata del cumplimiento de un deber de colaboración con el desarrollo cultural de la nación que forma parte de la construcción de un derecho colectivo que se integra mejor con la participación de todas las personas que editan y producen el acervo cultural del país.

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