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jueves, 26 de octubre de 2023

Avalan reforma constitucional con impacto en los tres poderes del estado

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 26 de octubre de 2023) El pleno del Congreso del Estado avaló por mayoría de votos la reforma constitucional mediante la cual reducen el periodo de residencia para ser secretario de gobierno y eliminan el requisito de ser tlaxcalteca; además de reformas que impactan las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) y del Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TCA).


    Las diputadas Reyna Flor Baez Lozano y Maribel León Cruz, junto al diputado Miguel Ángel Caballero Yonca tuvieron a su cargo la lectura del dictamen en el que también reglamentan la presentación del informe de gobierno en el año que cambia la titularidad del Ejecutivo; a fin de que el gobernador o gobernadora saliente lo rinda en los primeros cinco días de agosto y quien asuma el cargo, en los primeros cinco días de diciembre, en cada caso el informe será del informe que les corresponda.


   El Legislativo determinó modificar la forma de designación de uno de los tres magistrados integrantes del Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TCA), ya que actualmente uno es nombrado a propuesta del sindicato de trabajadores de poderes y municipios con más agremiados, otro por representantes de poderes y municipios, mientras que el tercero en un acuerdo de ambas partes. Sin embargo, con la reforma, el tercer magistrado -quien además fungirá como presidente del Tribunal- será designado tras la votación que representantes patronales hagan a una propuesta de terna del Ejecutivo, y en caso de que no lo decidan, será el gobernador o gobernadora quien haga el nombramiento.


    De igual forma establecieron en la Constitución que el periodo máximo en el que una persona podrá ocupar una magistratura en el Tribunal Superior de Justicia (TSJE), el TCA y el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) será de 12 años; en consideración que tanto en el TSJE como en el TCA la designación es de seis años con la posibilidad de ser ratificado por un periodo igual, aunque en el TET el periodo es de siete años.


    Asimismo, consideraron injustificado el requisito de siete años de residencia en Tlaxcala y ser de origen tlaxcalteca para encabezar la Secretaría de Gobierno (SEGOB); de modo que eliminaron esta última disposición y asentaron que el tiempo mínimo serán tres años de residencia, vecindad o domicilio.


    Finalmente, la LXIV Legislatura eliminó del artículo 70 de la Constitución local la facultad de Ejecutivo para conceder indulto; toda vez que es una facultad que corresponde al Poder Judicial.


    El único voto en contra del dictamen fue del diputado Juan Manuel Cambrón Soria quien expuso que algunas de las modificaciones contienen inconsistencias jurídicas y podrían dar paso a acciones de inconstitucionalidad, como el caso del límite de 12 años para ocupar una magistratura en el casos del TET, toda vez que el periodo de designación es de siete años y al abrirse la posibilidad de ratificación por un periodo igual, implicaría un máximo de 14 años, de modo que esta contracción podría ser controvertida por los propios magistrados.


    De igual forma, puntualizó que abrir la posibilidad a que el Ejecutivo nombre al tercer magistrado o magistrada del Tribunal de Conciliación y Arbitraje en caso de que no haya un acuerdo de los representantes de poderes y municipios, daría a la parte patronal dos árbitros y ello implicaría violar los principios de imparcialidad e igualdad entre las partes.


    Con relación a los requisitos para ser secretario de gobierno, Cambrón Soria indicó que la razón por la que el titular de esta dependencia tiene su regulación en la Constitución y no en la Ley Orgánica de la Administración Pública estatal es porque en su figura recaen atribuciones esenciales como cubrir las ausencias temporales del gobernador o gobernadora, ser responsable de la política interna y de la estabilidad social; además de atribuciones de seguridad pública.


    Por ello, la importancia de que sea tlaxcalteca y de que acredite no solo el domicilio o vecindad por determinado tiempo, sino una real residencia; de modo que no se trata de un asunto de derechos humanos o de discriminación, más bien de atender la identidad cultural e histórica de Tlaxcala

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