Zurya
Escamilla Díaz (Tlaxcala, 5 de septiembre de 2023) El diputado Bladimir Zainos
Flores presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Tlaxcala a fin de promover la
captación de agua de lluvia para su aprovechamiento.
En su
exposición de motivos, el legislador por Nueva Alianza Tlaxcala expuso que los
sistemas de captación de agua de lluvia son económicos, fáciles de construir y
de fácil implementación por parte de los particulares; además que se
constituyen como una opción gratuita para las familias de escasos recursos.
“En
diversas regiones del país, incluyendo Tlaxcala, el acceso al agua potable es
tarea difícil, sufriendo la población las consecuencias de carecer del vital
líquido. Esta situación justifica la realización de nuevas medidas en este
campo, con el fin de que la población cuente con fuentes alternas de dotación
de agua, principalmente en aquellos lugares en donde los sistemas de abastecimiento
son deficientes o inexistentes”, afirmó.
Además,
observó que promover la captación de agua podría ayudar a equilibrar la
extracción de fuentes superficiales y subterráneas, lo que minimiza la
degradación ambiental con tecnologías alternativas a bajo costo a través de un
sistema de captación y almacenamiento que se constituyan en sistemas
complementarios de abastecimiento en cualquier edificación.
“En
México, si se aprovechara solo el 3 por ciento del 1.3 billón de metros cúbicos
de agua de lluvia que cae, se podría abastecer a millones de mexicanos que
actualmente no cuentan con agua potable; se beneficiarían 18 millones de
hectáreas de temporal y se regarían cien mil hectáreas de invernadero, además
de que se podrían evitar inundaciones”, observó el legislador.
De
modo que la iniciativa propone el manejo integral de aguas pluviales;
entendidas éstas como lluvia, granizo o nieve para la captación, almacenamiento
y aprovechamiento sustentable a través de delimitación de cauces, conducción o
drenaje infiltración, percolación, filtración, reutilización, “y en casos
excepcionales, obras de derivación y desvío de cauces”.
“Dichas
acciones pueden clasificarse en: obras en cauces naturales, que comprenden
cañadas, arroyos y ríos, obras maestras que comprenden colectores u obras de
control para resolver la problemática pluvial en una zona o en uno o más
Municipios, y obras secundarias o alimentadoras que se conectarían a la red
maestra o a los cauces naturales, y que son realizadas por los particulares;
preferentemente deben realizarse bajo el método de infraestructura verde”, leyó
Zainos Flores.
Con
estas modificaciones, la persona titular del Ejecutivo deberá promover la
coordinación entre entes estatales, municipales, particulares y personas
usuarias para la realización de obras; en tanto que los ayuntamientos deberán
generar un Reglamento Municipal de Imagen Urbana que contemple lo dispuesto por
la ley.
Mientras que los programas de ordenamiento territorial y desarrollo urbano deberán contener propuestas alternativas para el manejo integral de cuencas a fin de establecer medidas de mitigación, conservación y recuperación de zonas fluviales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario