Redacción (México, 13 de julio de 2023) Una mayoría de ocho integrantes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como resultado del análisis de la impugnación formulada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), se pronunció en el sentido de que la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión incurrió en una omisión, por la falta de designación de quienes ocuparán tres vacantes de personas comisionadas del propio Instituto.
Consideró que la realización por parte del Senado de algunas actuaciones tendientes a realizar los nombramientos respectivos, que no culminaron con estos, no implica la inexistencia de la omisión determinada.
De igual forma que la previsión constitucional en el sentido de que el órgano garante de la transparencia, el acceso a la información pública y la protección de datos personales esté integrado por siete comisionados o comisionadas, implica un mandato para que los órganos responsables hagan los nombramientos correspondientes en un plazo razonable; la falta de esos nombramientos ha afectado la debida integración y el funcionamiento del organismo constitucional autónomo, que funge como garante de la protección de los derechos señalados.
Como consecuencia de lo anterior, el proyecto original presentado por la ministra Loretta Ortiz, que proponía determinar la inexistencia de esa omisión, fue desechado y el asunto será returnado al ministro Luis María Aguilar Morales, quien estuvo como parte de la mayoría, para que integre un nuevo proyecto con las consideraciones vertidas en el pleno.
Esta situación fue celebrada por el INAI a través de un comunicado, ya que la omisión del Senado vulnera el diseño constitucional del Instituto y le impide el pleno ejercicio de sus facultades como organismo garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales.
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