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martes, 11 de abril de 2023

Amplía Congreso protección a mujeres y menores ante violencia digital sexual

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 11 de abril de 2023) La LXIV Legislatura del Congreso de Tlaxcala aprobó reformas a diferentes ordenamientos con la finalidad de reconocer, prevenir y sancionar los delitos de violencia digital sexual y la pornografía infantil en el ámbito digital que fue impulsada desde organizaciones de la sociedad civil.


    La legisladora Diana Torrejón Rodríguez, presidenta de la Comisión de Derechos, Grupos Vulnerables y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentó esta iniciativa promovida por las organizaciones Cyber Pink y Mujeres Organizadas de Tlaxcala con la finalidad de que se reconozcan estas conductas.


    "Las agresiones de violencia digital que contempla la Ley Olimpia suceden en Internet, un espacio que sigue siendo muy difícil de regular dentro de un marco normativo y, por tanto, muchas de las agresiones que suceden en estos espacios aún son consideradas como algo inexistente para las autoridades correspondientes", leyó en el dictamen.


    De acuerdo con una encuesta aplicada a 100 mujeres de distintas parte del estado, Cyber Pink encontró que 44 por ciento de las usuarias de internet en Tlaxcala ha sufrido alguna forma de violencia digital sexual y 24.8 por ciento no está segura de haberlo hecho.


    Al término de la sesión donde este dictamen fue aprobado por mayoría de votos, Torrejón Rodríguez agradeció a las organizaciones por el acompañamiento para la presentación de esta iniciativa que busca proteger a mujeres, niñas, niños y adolescentes que han sido víctimas o que son susceptibles de haber sufrido violencia digital sexual.


    A nombre de Mujeres Organizadas de Tlaxcala, Liz Montoya, afirmó que de esta manera garantizan la integridad física, mental y sexual de las personas mejores de edad, así como de todas las mujeres que de alguna forman vivido violencia sexual, incluso si no la reconocen. De modo que nunca más alguien podrá hacer uso de contenido sexual sin el consentimiento de alguna de las partes involucradas y, en caso de que alguien lo haga, cuenten con los mecanismos para hacer efectivo el acceso a la justicia.


     "Estoy muy emocionada porque éste es un paso importante para que las mujeres y niñas del Estado de Tlaxcala puedan vivir y navegar en una internet antipatriarcal, libre y segura", indicó la activista.


    Mientras que por Cyber Pink, Diana Morales, destacó que esta iniciativa es resultado de un trabajo de muchos años para proteger y garantizar justicia a las niñas, niños y adolescentes; por lo que ahora estarán pendientes de la creación del protocolo único de atención que hará funcional la reforma y que brindará herramientas a las víctimas para hacer una denuncia y lograr un proceso judicial adecuado.


    La diputada priista indicó que si bien el Código Penal de Tlaxcala reconoce los delitos cibernéticos, no hace una diferenciación en aquellos que implican violencia digital sexual y tampoco la creciente difusión de pornografía infantil como parte de las formas en que se manifiesta la violencia contra las mujeres y las infancias en el estado; lo que a su vez dificulta darle un tratamiento adecuado.

    Asimismo, destacó que las personas que son objeto de violencia digital sexual tienden a ser revictimizadas y juzgadas por compartir contenidos sexuales; sin embargo, enfatizó que el problema no éste, sino que el contenido se comparta sin el consentimiento de alguna de las partes involucradas.  


    Recalcó que en esta iniciativa se precisan los términos de cada uno de los delitos y conceptos; así como tomar el interés superior de la niñez como principio rector de las modificaciones; por lo que el dictamen abarca modificaciones al Código Penal, a la Ley que Garantiza el Accedo de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a la Ley de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito; a la Ley de Justicia para Adolescentes; a la Ley de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. 


    De esta manera, en el Código Penal quedó establecido que los delitos que impliquen violencia sexual contra personas con discapacidad o que no comprendan el significado del hecho serán imprescriptibles; así como el reconocimiento del delito de pornografía de personas menores de 18 años, con discapacidad, que no comprenden el significado del hecho o no están en posibilidad de resistirlo a quien induzca a realizar actos sexuales o de exhibicionismo con fines lascivos o sexuales con la intención de video grabarlos, fotografiarlos, exhibirlos, imprimirlos, firmarlos, exportarlos o importarlos a través de cualquier medio para quienes se les impondrá penas de siete a 12 años de prisión y multas de tres mil a cuatro mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).


    Mientras que en la Ley que Garantiza el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia quedó establecido que la violencia digital sexual es "toda acción dolosa de connotación sexual que atenta contra la intimidad sexual de las mujeres y niñas; mediante el uso de espacios digitales, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, o cualquier otro espacio digitalizado, que implique acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, extorsión, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión sin consentimiento de contenido íntimo, textos lujuriosos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras verdaderas o alteradas que atenten contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada o vulnere algún derecho humano de las mujeres, causando daño psicológico, físico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado".


    Asimismo establece que en un marco de 90 días, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) deberán crear un "Protocolo único para la atención adecuada de la violencia digital sexual", en el que se deberán contemplar contextos, modalidades, espacios digitales y demás aspectos necesarios para combatir esta forma de violencia.


    En el mismo sentido, realizaron adecuaciones a la Ley de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito; Ley de Justicia para Adolescentes y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de Tlaxcala a fin de reconocer la violencia digital sexual.



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