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martes, 11 de octubre de 2022

Invalida SCJN nueve leyes de ingreso municipales por violar derecho de acceso a la información

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 11 de octubre de 2022) La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó disposiciones de las leyes de ingresos de nueve municipios al considerar que vulneran principios de proporcionalidad y equidad tributaria, así como principios de seguridad jurídica de sus pobladores; además de que atentan contra el derecho de acceso a la información.


    El 12 de enero de este año, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió la acción de inconstitucionalidad 185/2021 contra las leyes de ingresos para el Ejercicio Fiscal 2022 de los municipios de Xaloztoc, Chiautempan, Apetatitlán y Calpulalpan relacionadas con cobros de servicio de alumbrado público; así como de Xaloztoc, Tepeyanco y Chiautempan por cobros por servicios de suministro de agua potable.


    También por cobros excesivos, desproporcionados e injustificados por acceso a la información en Xaloztoc, Tepeyanco, Chiautempan, Hueyotlipan y Calpulalpan; además de cobros excesivos y desproporcionados de reproducción de información no relacionados con el derecho de acceso a la información en Xaloztoc, Axocomanitla, Tepeyanco, Chiautempan, Hueyotlipan, Apetatitlán, Acuamanala, Calpulalpan y Cuaxomulco.


    La CNDH argumentó que las mencionadas leyes de ingresos atentan contra los derechos de acceso a la información pública y seguridad jurídica; así como a los principios de gratuidad en el acceso a la información, legalidad, legalidad tributaria, proporcionalidad y equidad en las contribuciones, y reserva de ley.


    Al respecto, este martes el máximo tribunal del país determinó que estas normas vulneran los principios de proporcionalidad y equidad tributaria porque representaban la presunción de capacidad económica de los contribuyentes y no prevenían un mismo cobro por el mismo servicio de alumbrado público. Además, invalidó aquellas relacionadas con el suministro de agua potable que no establecían elementos mínimos como tasa o cuota a cobrar para dar certeza a los contribuyentes y delegaban a las autoridades municipales su determinación. 


    De igual forma, invalidó aquellas normas que establecían derechos por servicios relacionados con el acceso a la información por violar este derecho y su principio de gratuidad; puesto que "no se expusieron razones para justificar los costos previstos, de acuerdo con el valor comercial de los insumos necesarios para proporcionar la información"; así como otros derechos no relacionados con este derecho porque el costo no guardaba relación con los materiales para la prestación del servicio o de la certificación de un documento, además de que no generaba certeza sobre la cantidad a pagar

 

    Las leyes de ingresos de los nueve municipios involucrados (Chiautempan, Xaloztoc, Apetatitlán, Calpulalpan, Tepeyanco, Hueyotlipan, Axocomanitla, Acuamanala y Cuaxomulco) se publicaron en el Periódico Oficial de Tlaxcala el 25 de noviembre de 2021.

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