Redacción (Tlaxcala, 18 de diciembre de 2020) Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declaró infundadas las pretensiones de la regidora Rocío Escalona Hernández y el regidor Daniel Jiménez Tlachi, ambos de Chiautempan, sobre un reclamo para recibir una gratificación de fin de año correspondiente a los ejercicios fiscales de 2017, 2018 y 2019, debido a que se verificó que ese ayuntamiento no presupuestó cantidad alguna en ese rubro.
También declararon infundados los argumentos de ambos representantes sobre su queja de que el ayuntamiento de Chiautempan les hubiera suspendido a sus asistentes o auxiliares exclusivos a partir del primero de febrero de este año y hasta la fecha, pues el órgano jurisdiccional no encontró evidencia alguna de que, en efecto, hubieran contado con ese apoyo durante el ejercicio fiscal de 2018.
Asimismo, al resolver el expediente TET-JDC-001/2020, los magistrados José Lumbreras García, Miguel Nava Xochitiotzi y la magistrada Claudia Salvador Ángel resolvieron que debían declararse incompetentes en el sentido de ordenar a ese ayuntamiento el otorgamiento de auxiliares exclusivos, pues eso escapa de la materia electoral y corresponde a la administrativa.
“Cuando se cuente con elementos para el desempeño del cargo, sin que se trate de una falta absoluta, contemplando que con ello no se afecte el ejercicio de las funciones esenciales inherentes al cargo de elección popular, la materia de la controversia se ubica en el ámbito administrativo”, establece parte de la resolución aprobada por.
En tal sentido, el Pleno del TET dejó a salvo los derechos de los actores para que los hagan valer en la vía y forma en que corresponda.
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