Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, Tlax., 12 de noviembre de 2018) Si se trata de obras o servicios públicos; sobre la suspensión, fusión, conformación o formación territorial de municipios; o bien, sobre el cambio de régimen de elección en las presidencias de comunidad, el plebiscito es el mecanismo de participación ciudadana al que pueden apelar las y los tlaxcaltecas.
Pueden solicitarlo el Poder Ejecutivo, el Congreso del Estado, los ayuntamientos o los ciudadanos si reúnen el apoyo de, al menos, el 25 por ciento de los electores inscritos ante el Instituto Nacional Electoral (INE) en la entidad o el municipio; según el tema de que se trate.
En este sentido, cabe comentar que la última reforma a la Ley de Consulta Ciudadana para el Estado de Tlaxcala data de 2009. En tanto que la más reciente reforma en materia electoral nacional tuvo lugar en 2014, donde se estableció que -por lo menos- el dos por ciento de los ciudadanos inscritos en el Registro Nacional de Electores pueden solicitar una consulta popular.
Según las últimas resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), prácticamente se ha estandarizado esta cifra (dos por ciento) en los diferentes procedimientos que requieren un apoyo ciudadano mínimo para efectuarse: candidaturas independientes, iniciativas ciudadanas, consultas.
Sin embargo, la ley también establece algunos temas que no podrán someterse a plebiscito como: asuntos tributarios, fiscales, egresos del estado, organización de la administración pública, titulares de los poderes o cuando alteren los principios en el Congreso del Estado.
Las autoridades deberán acatar la voluntad ciudadana cuando a nivel estatal o municipal haya participado, al menos, el 30 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal y, de ellos, el 50 por ciento hubieren votado en el mismo sentido.
Mientras que para la conformación de un nuevo municipio y para cambiar el régimen de elección de presidentes de comunidad se requiere el respaldo de dos tercios de los ciudadanos.
Es así, como la legislación de Tlaxcala ofrece a sus ciudadanos diversas opciones para someter a consideración las decisiones gubernamentales.
Mañana, en Expediente Político.Mx les presentaremos el referéndum y sus posibles implicaciones sobre las leyes locales.
Por si no lo viste: ¿CONOCES LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA QUE EXISTEN EN TLAXCALA?
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